CONDENA A MUJERES NO IDENTIFICADAS: EL (EVENTO) CARÁCTER PUNITIVO DEL DIARIO ÍNTIMO VEXATORIO Y EL PAGO A LOS DERECHOS HUMANOS

Palabras clave: vejatoria búsqueda íntima; Intrascendencia de la pena; Dignidad de la persona humana.

Resumen

Pensar en el sistema penitenciario es identificar un sistema que nace condenado al fracaso, revelando su funcionamiento como un abuso del poder estatal, representando falazmente un sistema de justicia efectivo, pero ¿para quién? Después de todo, para cumplir sus efectos, debe, según el sentido común, llevarse a cabo de la forma más degradante posible. Así que no se habla de justicia, sino de castigo y retribución. Una despreciable máquina de prácticas abusivas y vejatorias, no sólo para quienes cumplen condena, sino también para quienes se empeñan en mantener vivos los lazos familiares. Las visitas, previstas en diversas legislaciones nacionales e internacionales, que tienen como objetivo la reinserción del individuo en la sociedad o, mejor, su no expulsión, ya que el sistema no está diseñado para excluir, termina por hacer exactamente lo contrario. Un argumento viciado basado en la seguridad penitenciaria utilizado en desacuerdo con lo que propone el texto legal, resultando en una afrenta a los derechos humanos. Obviamente, hablar de Derechos Humanos en el mundo contemporáneo es enfrentar desafíos diferentes a los existentes en 1948. A partir de la década de 1970 surge la necesidad de revisar los conceptos debido a la extensión y acumulación global del capital. El presente está marcado por la exclusión, donde millones de personas viven al borde de la miseria, mientras los más ricos del mundo, que constituyen el 20% de la población mundial, ostentan el 80% de la riqueza mundial. Falta de realización de derechos básicos como: protección en el trabajo, acceso a la educación, alimentación y agua potable. Unido a esto, cuando se violan las normas del derecho penal, las personas son internadas en una unidad penitenciaria donde no se garantiza el mínimo de dignidad. Ni a ellos ni a los ajenos al sistema, que la única condena la confiere el Poder Público por querer estar cerca, por tener derecho de visita. Como la búsqueda íntima es vejatoria, además de una afrenta a la dignidad de la persona humana, a los derechos humanos, es también una ofensa al principio de la intranscendencia de la pena, superando los postulados de la responsabilidad penal personal y subjetiva. El gran problema que presenta el artículo es que la mayor parte del sistema penitenciario está integrado por hombres, por lo que la mayoría de las visitas son realizadas por mujeres, lo que se traduce en una vulneración de género.

Biografía del autor/a

Bruna Isabelle Simioni Silva, Uninter

Doutoranda e Mestra em Direitos Fundamentais e Democracia pelo Centro Universitário Autônomo do Brasil - UNIBRASIL (Bolsista PROSUP/CAPES); Graduada em Direito - Faculdades Integradas do Brasil - UNIBRASIL; Professora no Centro Universitário Internacional - UNINTER; Responsável pelo Grupo de Estudos: Direitos da Mulher do Centro Universitário Internacional – UNINTER; Colunista do sala de aula criminal. Advogada. E-mail: [email protected]

Publicado
2022-11-22